Reglamento de Registro de Espacios de Trabajo Colaborativo o COWORKING

Mediante Acuerdo No. SENESCYT-2023-032, publicado en el Registro Oficial (R.O.) número 345-3S el día 4 de julio de 2023, la Secretaría de Educación Superior Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), expidió el «Reglamento de Registro de Espacios de Trabajo Colaborativo o COWORKING».

El objetivo de este Reglamento es establecer normas y procedimientos para el registro de espacios de trabajo colaborativo, también conocidos como espacios de coworking, así como la acreditación de espacios de innovación y espacios de transferencia de tecnología; además, se enfoca en promover y regular la colaboración y el intercambio de conocimientos, ideas y tecnología en entornos de trabajo compartido, fomentando así la innovación y el desarrollo tecnológico en el país.

Los aspectos más importantes a destacar de este Reglamento son:

  1. Definición: Se define a espacio de trabajo colaborativo o coworking a la persona jurídica, pública o privada, que ofrece espacios físicos de trabajo compartido, eventos dedicados a crear ambientes innovadores y garantizan el acceso a redes de contactos para cocrear sus productos o ideas, dirigidas a equipos de trabajo pequeños, trabajadores independientes y empresarios.
  2. Alcance: Los espacios de innovación comprenden: incubadoras, aceleradoras de empresas y operadores; y, los espacios de transferencia de tecnología incluyen: centros de transferencia de tecnología y oficinas de transferencia de tecnología.
  3. Registro de Espacios Colaborativos: Se detallan los procedimientos y requisitos para el registro de espacios de coworking, lo que permite formalizar y regularizar estas áreas de trabajo compartido.
  4. Acreditación de Espacios de Innovación y Transferencia de Tecnología: Se establece el proceso de acreditación para espacios dedicados a la innovación y transferencia de tecnología, incluyendo parámetros para evaluar estos espacios colaborativos.
  5. Fomento de la Innovación: El Reglamento busca fomentar la innovación y el intercambio de conocimientos en estos espacios de colaboración, impulsando el desarrollo científico y tecnológico del país.
  6. Beneficios del registro: a) Reconocimiento oficial como agente de innovación en Ecuador; b) Desarrollo de proyectos profesionales; c) Fomento de relaciones entre profesionales de diferentes sectores mediante el networking; y, d) Fomento de intercambio de conocimientos y experiencias y acceso a potenciales socios comerciales. 

 

El boletín de POLILEGAL S.A. es meramente informativo y no puede ser utilizado como asesoría u opinión legal.

POLILEGAL S.A.
Julio 2023

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